Evitar Sanciones x Facturación Electrónica

Desde el 01-01-2020 hasta el 31-03-2020, quieneshayan incumplido con la obligación de expedir factura electrónica, no serán sujeto de las sanciones siempre y cuando cumplan con:

  1. Expidieron factura o documentos equivalentes por los métodos tradicionales diferentes al electrónico.
  2. Demuestran que la razón por la cual no emitieron facturación electrónica obedece a impedimento tecnológico o por razones de inconveniencia comercial justificada.