Evitar Sanciones x Facturación Electrónica

Desde el 01-01-2020 hasta el 31-03-2020, quieneshayan incumplido con la obligación de expedir factura electrónica, no serán sujeto de las sanciones siempre y cuando cumplan con:

  1. Expidieron factura o documentos equivalentes por los métodos tradicionales diferentes al electrónico.
  2. Demuestran que la razón por la cual no emitieron facturación electrónica obedece a impedimento tecnológico o por razones de inconveniencia comercial justificada.

Web Service



Gracias al Web Service los negocios pueden integrar la facturación electrónica con software amigable y la magia o enredos ocurren tras bambalinas.
Web Service es un sistema software diseñado para soportar la interoperabilidad máquina - máquina a través de una red. Este tiene una interfaz descripta en un formato que puede ser procesado por una máquina (específicamente WSDL).
Otros sistemas interactúan con el Web service utilizando mensajes SOAP los cuales se encuentran establecidos previamente. Entonces podríamos decir que un Web Service es una comunicación por medio de mensajes SOAP entre diferentes equipos a través de una red.

En Servyd tenemos la solución software para clientes y empresas de software que necesiten ofrecer facturación electrónica a sus clientes.
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Terminos y tiempo DIAN.


La DIAN publicará el contenido de anexos técnicos y modificaciones de los documentos electrónicos que se deriven de la factura electrónica de venta.

Los facturadores electrónicos y sujetos obligados a facturar deberán adoptar anexos técnicos y modificaciones, a más tardar, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de la publicación de los mismos. https://wa.me/573041372177

Calendario Facturación Electrónica

Sobre las fechas límites para implementar la factura electrónica de venta, estableció, en su artículo 2, que será la DIAN, a través de su Unidad Administrativa Especial, quien determine el calendario de implementación.
Para saber si estás obligado a expedir factura electrónica en este momento basta con verificar si en tu RUT tienes la obligación 52, de ser así tienes que implementar la facturación electrónica de manera inmediata. Si necesitas a ayuda visita https://servyd.com/ https://wa.me/573041372177
Mientras tales calendarios no sean establecidos, la factura de venta de talonario o de papel y los documentos equivalentes a la misa, mantienen su vigencia.

Todo gracias al Decreto 358 del 5 de marzo de 2020, donde se expidió la normatividad que nuevamente reglamenta el Sistema de Facturación Electrónica con validación previa.
Al ser declarada inexequible la Ley 1943 de 2018, de conformidad con los efectos señalados en la Sentencia C-481 de 2019, desde el 1º de enero de 2020, los actos administrativos que reglamentaban el Sistema de Facturación Electrónica con Validación Previa, perdieron su obligatoriedad.